domingo, 27 de junio de 2010

LA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL ESFORZÁNDOSE

Las siguientes cartas dan cuenta de cómo la Comisión que asesora a Bachelet realizó una inútil tramitación. Las cartas acusan el comportamiento complaciente no de la persona que firma, sino de la Comisión de gobierno.

Carta de Comisión Asesora Presidencial:

Señor Martínez:
Adjunto, le envío copia del oficio y del sobre ( aun cerrado ) devuelto por Chilexpress. Como usted podrá apreciar el documento fue dirigido a la Ministra de Bienes Nacionales y no al SEREMI, requiriéndole arbitrar las indagaciones del caso. Ante la falta de respuesta, en estos días la Presidenta de la Comisión ha insistido ante la referida autoridad en pos de una respuesta al requerimiento formulado.

Y le reitero nuestra disposición de atender las inquietudes

Atentamente

Pamela Callejas Sanguinetti
Abogada
Comisión Asesora Presidencial
para la Protección de los Derechos de las Personas
Teatinos 251, of 301, Santiago
56 2 6945804 – fax 56 2 6945805
Como se puede apreciar en la carta se informa la no respuesta de la Ministra de Bienes Nacionales.

RESPUESTA DE LA MINISTRA DE BIENES NACIONALES

Después de un tiempo la Ministra de Bienes Nacionales respondió a la Comisión Defensora Ciudadana. Ésta es su carta:






RE: ASUNTO DOCUMENTOS SOLICITADOS‏
De: Pamela Callejas (PCallejas@minsegpres.gov.cl)

Enviado: viernes, 19 de diciembre de 2008 05:24:06 p.m.
Para: dsfgdfg sdfgdfg (josegonzalomartinezfernandez@hotmail.com)
Señor Martínez:


Lamento que estime que su caso está abandonado. Esta Comisión ha hecho en su caso todas las gestiones de acuerdo con las facultades que detenta , según el Reglamento que la creó.Le ha sido enviada copia de éstas a su domicilio, las que fueron devueltas por no existir nadie en el momento en que el servicio de correo llevó la correspondencia.

Quedamos a su disposición para atender sus inquietudes

Atentamente


Pamela Callejas Sanguinetti
Abogada
Comisión Asesora Presidencial para la Protección de los Derechos de las Personas
Teatinos 251, of 301, Santiago
56 2 6945804 – fax 56 2 6945805

Nueva carta de Comisión Asesora Presidencial:

Señor Martínez:

El D. L 2695, establece que el único procedimiento para oponerse a la regularización del dominio de un inmueble es interponiendo las acciones judiciales que establece el mismo decreto. A su vez, la normativa que crea esta Comisión, dispone que NO puede intervenir en materias que son de exclusivo conocimiento y decisión de los tribunales de justicia, como es el caso, en lo que dice relación con la propiedad de los inmuebles. Es decir, no podemos representarlo en el juicio que necesariamente debe iniciar.

Además, cuando se ha inscrito un inmueble en el Conservador de Bienes Raíces, como es el caso, la inscripción resultante sólo puede dejarse sin efecto por sentencia judicial

La intervención de esta Comisión, en este caso, dice relación con representar a la autoridad del Ministerio de Bienes Nacionales que no se estaría actuado, en el ámbito administrativo, con el cuidado y diligencia necesaria, requiriéndole que ejerza las tareas de fiscalización y control que le han sido asignadas en esta materia.

Ambos procedimientos son independientes entre si.

Estoy a su disposición para atender cualquier duda sobre lo señalado.




Lo saluda atentamente



Pamela Callejas Sanguinetti
Abogada
Comisión Asesora Presidencial
para la Protección de los Derechos de las Personas
Teatinos 251, of 301, Santiago
56 2 6945804 – fax 56 2 6945805

En esta carta se le dice al Ministerio de Bienes Nacionales que “no se estaría actuando, en el ámbito administrativo, con el cuidado y diligencia necesaria, requiriéndole que ejerza las tareas de fiscalización y control que le han sido asignadas en esta materia”.
En la primera parte del texto, sin embargo, se señala que: “cuando se ha inscrito un inmueble en el Conservador de Bienes Raíces, como es el caso, la inscripción resultante sólo puede dejarse sin efecto por sentencia judicial”.
Agrega: “no podemos representarlo en el juicio que necesariamente debe iniciar”.
Resumiendo: Reconociendo que la responsabilidad (negligencia) es ministerial, dicen, sin embargo, que no pueden representarme en un juicio que es responsabilidad de un aparato de ese mismo gobierno.
¡SINGULAR CASO DE SOLUCIONAR LOS PROBLEMAS!

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